El intrusismo en la psicología

El intrusismo en la psicología
En término jurídicos el intrusismo profesional, y por ende, el intrusismo en la psicología consiste en “el ejercicio de una actividad profesional por persona que no se halla autorizada para ello por no tener capacitación ni titulación adecuada”.
El derecho al trabajo que reconoce en su articulo 35 la Constitución Española, se salvaguarda incluyendo el establecimiento de normas que recojan los requisitos que deben reunirse para el ejercicio de éste derecho a través de las profesiones tituladas. De ésta forma la ley garantiza la calidad y la capacidad de desarrollar las profesiones tituladas en su relación con terceros. En pocas palabras: garantiza que el profesional que reúne los requisitos exigidos por ley (titulación académica, pertenencia a colegio profesional, etc…), está capacitado para desarrollar adecuadamente las tareas propias de su profesión y supeditado al control de los organismos competentes y a responder ante los mismos en caso de mala praxis o traición a los fines de la profesión.
Y todo esto que está legislado convenientemente de forma que es constituyente de delito incluso penal, el intrusismo profesional, resulta que en la práctica no resulta ser disuasorio como indica el hecho de que nos encontremos en todos los campos profesionales y como se suele decir “a cada paso”, personas que sin reunir la formación adecuada realizan tareas para las que no están reconocidos ni preparados, lo cual no solo supone un engaño a los posibles “clientes”, sino un verdadero peligro para estos cuando se trata de temas de salud.
Y desgraciadamente es en éste ámbito donde con más frecuencia nos encontramos con “vendedores de humo” de todo tipo.
Transcribimos el texto de una noticia aparecida en El Norte de Castilla con fecha 15/03/2015, refiriéndose a una persona con consulta, en la que:
“Utiliza diferentes terapias en su centro, …..el quiromasaje, masaje deportivo, drenaje linfático,…… nutrición y dietética, psicoterapia, mediación y resolución de conflictos, terapia del duelo, reiki…”
A pesar de que no se especifica donde ni en qué se ha formado en tantas profesiones necesitadas para su ejercicio de la titulación adecuada, se asegura en el texto que con solo “Sus manos terapéuticas diagnostica, previene y trata…”. Podríamos pensar que es una interpretación del diario pero no…nos encontramos un texto entrecomillado donde ella misma dice: «Utilizo el quiromasaje para tratar contracturas, tendinitis, cervicalgias, dorsalgias, lumbalgias, ciáticas e incluso esguinces. Para las dolencias crónicas…… equilibro el tiroides, la diabetes, mejoro el asma, alivio migrañas o dolores que provocan las enfermedades degenerativas. Y en la parte más emocional, combino la psicoterapia con acupuntura. Los resultados son realmente positivos en personas que sufren de depresión, ansiedad, miedos, traumas o situaciones emocionales complejas»
Entendiendo que está cometiendo intrusismo profesional en fisioterapia, nutrición y dietética, evidentemente en nuestro caso lo que más evidente resulta es que se arrogue la capacidad de tratar “la parte emocional” usando la psicoterapia y osando tratar aspectos tan serios como la depresión, ansiedad, miedos, traumas o situaciones emocionales complejas”. Estas palabras no solo responden a una ignorancia supina, sino que son constitutivas de delito penal al publicitar una capacidad inexistente.
Para llevar a cabo una terapia psicológica, es necesaria una titulación de Psiquiatra, Psicólogo Clínico, o Psicólogo habilitado para realizar funciones sanitarias. Tratar las emociones y la mente de las personas requiere formación, experiencia y responsabilidad, porque se está jugando con la salud. Y de la misma manera que no dejaríamos que nos operara un fontanero, no deberíamos permitir que el primer “listo” de turno nos venda la idea de que vale todo, porque no es así. Una mala praxis al llevar a cabo un proceso psicoterapéutico puede provocar alteraciones emocionales y de personalidad de difícil solución.
En estos casos, los Colegios profesionales deberían actuar de oficio:
1º. Porque propician y dan lugar a un desprestigio de la profesión. Muchas personas creen de buena fe que esas personas que se dicen profesionales lo son, y cuando se producen “desaguisados” o como mínimo nulos resultados, “despotrican” de los psicólogos ante todos los que quieren oírlos, desprestigiando la profesión y a quienes forman parte de ella.
2º Porque suponen una competencia desleal, ya que a los profesionales se nos exige el cumplimiento de múltiples requisitos de todo tipo(económicos, colegios profesionales, cumplimiento de ley de protección de datos, registro sanitario, etc…) que no cumplen los ajenos a la profesión, a quienes sin embargo no se les exige nada y se benefician del hecho de hacer públicas unas habilidades para las que ni están formados ni habilitados.
Que se hace la vista gorda de continuo con estos temas es un hecho:
“…bueno, cada uno se busca la vida como puede…”, o “…no ha estudiado pero no se le da mal del todo”, son comentarios que se oyen como forma de justificar el mirar hacia otro lado. Y ciertamente a nivel personal no tenemos nada contra estas personas que “engordan” su curriculum con tal de captar clientes (y más en la sociedad actual en la que parece que todo vale…); pero el perjuicio que causan a la profesión, a los profesionales y a los clientes es demasiado importante como para, al menos, no dejar constancia escrita de ello.
Del mismo modo que ante un atasque en el fregadero no recurre a un cirujano, tampoco recurrirá a un fontanero cuando lo que necesita es una operación quirúrgica. La diferencia es que en el primer caso, la falta de profesionalidad puede dar lugar a que se le inunde la cocina; pero en el segundo caso puede llevarle a una muerte segura.
Así que cuando necesite solucionar un problema emocional, psicológico o de comportamiento, acuda a un profesional preparado y reconocido que le garantice que reúne los requisitos exigidos y que su impericia no le va a hacer “quedarse en la mesa de operaciones”.
Autor: Montserrat Sanz García
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